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Actualización de las Tarifas para los Contadores en la Junta Central para el 2014

Resolución N° 870
Junta Central de Contadores

Por la cual se fijan los valores de la Tarjeta Profesional de Contadores Públicos, de la Tarjeta de Registro de las entidades que prestan servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal, y de los Certificados de Vigencia de Inscripción de Antecedentes Disciplinarios de Personas Naturales y de Personas jurídicas, para el año 2014.


EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES

En ejercicio de sus facultades, y
CONSIDERANDO

Que el ordinal 3° del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, faculta a la UAE Junta Central de Contadores, para expedir, a costa del interesado, la Tarjeta Profesional, su reglamentación y las certificaciones que corresponden al ámbito de sus competencias institucionales.

Que el Artículo 3° del Decreto 1235 de 1991, establece el valor de la Tarjeta Profesional del Contador Público se reajustará anualmente en el porcentaje en el que se incremente el salario mínimo mensual, aproximando las fracciones de 500 al múltiplo de mil más cercano, y que la Junta Central de Contadores, para el año 2013, lo fijó en la suma de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($229.000.00).

Que la Resolución No 042 del 13 de Mayo de 1999, determina que el valor de la Inscripción y de Expedición de la Tarjeta de Registro de las Personas Jurídicas prestadoras de Servicios Contables, será el equivalente a cinco (5) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes a la fecha de radicación de solicitud, valor que se aproximará al múltiplo de mil más cercano.

Que el Parágrafo del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, establece que el valor de los Certificados será fijado por la UAE Junta Central de contadores y en ausencia de norma especial, tal facultad se aplicará para efectos de definir el valor de Certificado de Vigencia de Inscripción y de Antecedentes Disciplinarios de los Contadores Públicos.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución No 042 de 1999, el Certificado de Vigencia de Inscripción y de Antecedentes Disciplinarios de las Personas Jurídicas Prestadoras de Servicios Contables, inscritas en la UAE Junta Central de Contadores, tiene un costo equivalente a dos (2) salarios mínimos diarios legales vigentes a la fecha de la solicitud, aproximando al múltiplo de mil más cercano.

Que el Gobierno Nacional para la vigencia de 2014, incrementó el Salario Mínimo Legal Mensual en un 4,5% fijándolo en SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($616.000.00).

En mérito de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Fijar en la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($239.000.00) el valor de la Tarjeta Profesional del Contador Público, para el año 2014, de conformidad con lo expresado en la parte motiva de este acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar en VEINTIÚN MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($21.000.00) el valor del Certificado de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios de Contadores Públicos, para el año 2014.

ARTÍCULO TERCERO: Fijar en la suma de TRES MILLONES OCHENTA MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($3.080.000.00) el valor de la Tarjeta de Registro de las entidades que prestan servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal.

ARTÍCULO CUARTO: Fijar para el año 2014, el valor de la expedición del Certificado de la Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios de Personas Jurídicas en la suma de CUARENTA Y UN MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($41.000.00).

ARTÍCULO QUINTO: El valor del Duplicado de la Tarjeta de Contador Público será de VEINTICUATRO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($24.000.00) y de la tarjeta de registro de personas jurídicas, será de ($308.000.00) TRESCIENTOS OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir del 01 de Enero de 2014.
Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Trece (2013).


JULIO CESAR ACUÑA GONZÁLEZ
Director General
UAE JUNTA CENTRAL DE CONTADORES

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