En
Colombia muchos trabajadores se encuentran en malas condiciones laborales por
cuenta del desconocimiento de sus propios derechos. Aquí le damos algunos
consejos básicos que ningún empleado puede dejar pasar por alto.
A
la hora de empezar a trabajar muchas son las expectativas de las personas: cuál
será su desempeño, cómo será el ambiente laboral y qué posibilidades de
crecimiento tiene al interior de la compañía.
Sin embargo, también existen una
serie de reglas básicas que debe conocer para asegurar unas condiciones mínimas
de trabajo que se encuentren acordes a la normativa vigente, es decir, con el
Código Sustantivo del Trabajo.
Aunque los casos pueden variar,
FinanzasPersonales.com.co le da unos tips que le darán una guía de lo que todo
trabajador debe conocer a la hora de entablar y terminar una relación
laboral:
Contrato laboral, no solo es por
escrito
Este es un aspecto que puede ser
ignorado por muchos trabajadores. A la hora de vincularse laboralmente no
necesita obligatoriamente firmar un papel para que empiece a hacerse efectiva
la relación empleador-trabajador con todos sus derechos y deberes. Simplemente
con el acuerdo verbal de las partes puede decir que ya está trabajando para su
jefe. No existe modo de que el empleador pueda eximirse de esta
responsabilidad.
Terminación Laboral
Tenga en cuenta que la terminación
del vínculo laboral siempre es por escrito. A diferencia del punto anterior, a
la hora del despido, ya sea con justa causa o sin ella, el empleador siempre
tiene que realizarlo por escrito.
No deje pasar el tiempo para reclamar
Cuando haya dejado su antiguo puesto
y aún tenga cuentas pendientes con su jefe, no olvide que en cuestiones de
derecho laboral usted dispone de un plazo para hacer valer sus derechos.
La prescripción es una figura que implica
la pérdida del derecho por parte del trabajador y exonera de responsabilidad al
empleador debido a que el plazo para reclamar se ha cumplido. Éste por lo
general es de tres años contados desde que se causo el derecho.
Es decir, teniendo en cuenta el tipo
de derecho (salario, pensión, cesantía) el tiempo de prescripción empezará a
correr de manera distinta y después de esto tiene un plazo de tres años para
hacerlo efectivo.
Fíjese qué tipo de contrato tiene
Un contrato pactado por determinado
tiempo (termino fijo), tiene la facultad de renovarse cada vez que se ha
cumplido este lapso. Sin embargo, esta situación no lo convierte en un contrato
a término indefinido como algunas personas suelen creer.
El contrato sigue conservando sus
características iniciales. Del mismo modo, el trabajador ya no está obligado a
realizar preaviso de la terminación, por lo que puede acabar con el contrato
laboral en cualquier momento, sin estar obligado a culminar con los días que
faltan para cumplir el mes.
El que paga mal, paga dos veces
Las cesantías son una obligación de
parte del empleador. Éstas se deben liquidar cada año y el 14 de febrero
transferirse al fondo de cesantías. El trabajador puede retirar el dinero por
la terminación del contrato laboral o antes bajo ciertos requisitos (educación
o vivienda) que autoricen el pago.
Por el contrario, si por ejemplo le
pagan las cesantías directamente al trabajador con el sueldo y éste no se ha
desvinculado de la empresa, cuando salga de la compañía puede volver a
solicitar el pago de las mismas por intermedio de una demanda, puesto que no se
siguió con el protocolo indicado por la ley.
Normas Laborales
Las normas laborales son de orden
público. Esto quiere decir que lo que en ellas está dispuesto es inmodificables
por quienes intervengan en un vinculo laboral. Por consiguiente, los mínimos
exigidos en la ley del trabajo no pueden transgredirse. De este modo, en
Colombia técnicamente nadie puede ganar menos del salario mínimo
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