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Prevención, preparación y respuesta ante emergencias de acuerdo con el Decreto 1443 - SGSST

Todo empleador o contratante en Colombia, debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS, con cobertura a todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes.

Todas las empresas y organizaciones deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST para lo cual, a partir del 31 de julio de 2014 cuando entró en vigencia del Decreto 1443,  tendrán un plazo para culminar la totalidad del proceso,  de la siguiente manera:
Más información  info@cipconsultores.com.co


Condición
Plazo hasta
Sanción
1) Empresas de menos de 10 trabajadores. 
Hasta el 31 de enero del 2016. 
(Después de este plazo Posible Sanción  de $322.150.000.
2) Empresas con 10 a 200 trabajadores. 
Hasta el 31 de julio del 2016. 
(Después de este plazo Posible Sanción  de $322.150.000.)
3) Empresas de 201 o más trabajadores.  
Hasta el 31 de diciembre del 2016.
(Después de este plazo Posible Sanción  de $322.150.000.

Para ajustarse a los plazos establecidos en el presente artículo, las  empresas tendrán en cuenta el promedio de número total de trabajadores, independientemente de su forma de contratación (Laboral,OPS y Civil), del año inmediatamente anterior a la fecha de publicación del presente decreto, lo cual deberá quedar certificado por el representante legal de la empresa.

Para implementar el PLAN DE PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS se debe considerar como mínimo, los siguientes aspectos:


-Identificar sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar a la empresa;
-Identificar los recursos disponibles, incluyendo las medidas de prevención y control existentes al interior de la empresa para prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como las capacidades existentes en las redes institucionales y de ayuda mutua;
-Analizar la vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas identificadas, considerando las medidas de prevención y control existentes; ,
-Valorar y evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los bienes y servicios de la empresa;
-Diseñar e implementar los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas priorizadas o minimizar el impacto de las no prioritarias;
-Formular el plan de emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia de eventos potencialmente desastrosos;
-Asignar los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o acciones necesarias, para prevenir y controlar las amenazas prioritarias o minimizar el impacto de las no prioritarias;
-Implementar las acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a estas amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de instalaciones y rutas de evacuación;
-Informar, capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial;
-Realizar simulacros como mínimo una vez a1 año con la participación de todos los trabajadores;
-Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel· de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios;
-Inspeccionar con la periodicidad que sea definida en el SGSST, todos los equipos relacionados con la prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta,· señalización y alarma, con el fin de garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento; y
-Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés común, identificando los recursos para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose con los planes que para el mismo propósito puedan" existir en la zona donde se ubica la empresa.

De acuerdo con la magnitud de las amenazas y la evaluación de la vulnerabilidad tanto interna como en el entorno y la actividad económica de la empresa, el empleador o contratante puede articularse con las instituciones locales o regionales pertenecientes al Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres en el marco de la Ley 1523 de 2012. 

Capacitaciones al info@cipconsultores.com.co


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