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DESIGNAN AGENTES RETENEDORES DEL ICA. Res-052377

Con el propósito de garantizar la eficiencia en el re­caudo del ICA, el Distrito mediante Resolución Número DDI-052377 (Junio 28 de 2016), ve necesario designar otros agentes retenedores de dicho tributo, además de los ya contemplados por el Acuerdo 65 de 2002, el Decreto Distrital No. 271 de 2002 y la Resolución 23 de 2002, adicionada por la Resolución 9 de 2004, el Acuerdo 469 de 2011, artículo 23.



QUIÉNES
Los nuevos agentes retenedores., el Distrito Designa, a partir del 1° de enero de 2017, a los Grandes Contribuyentes de los impuestos distritales establecidos por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá-DIB y a los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, como agentes retenedores del impuesto de industria y comercio, cuando realicen pagos o abonos en cuenta cuyos beneficiarios sean contribuyentes del régimen común y/o del régimen simplificado del impuesto de industria y comercio, en operaciones gravadas con el mismo en la jurisdicción del Distrito Capital.

 

info@cipconsultores.com.co

QUÉ PASA, O PUEDE PASAR, SI NO CUMPLO


Los agentes de retención en la fuente del impuesto de industria y comercio deberán cum­plir, so pena de las sanciones legales establecidas, con las obligaciones sustancial (consignar los valores retenidos) y formales (inscribirse en el RIT, retener, declarar y certificar), asociadas a dicho mecanismo de pago anticipado del tributo y con los demás de­beres establecidos, en el Distrito Capital de Bogotá, para los obligados tributarios.


Más información  info@cipconsultores.com.co

QUÉ, CÓMO Y PARA QUÉ


Conside­rando los agentes de retención en la fuente, previs­tos normativamente, para el impuesto de industria y comercio en Bogotá, D.C., y a fin de facilitar la ope­ratividad del sistema, se adopta el siguiente cuadro ilustrativo, en el cual en la primera columna se indican los posibles agentes de retención y en forma horizon­tal, en la primera fila, se listan los posibles sujetos de retención cuando realicen actividades gravadas:


Agentes 
Retenedores
Entidades
Públicas
Grandes-
Contrib
DIAN
Grandes Contri
 SHD-DIB
Consorcios
y Uni-
Temp
Contri
del R.
Común
Trans-portadores
Contri
R.Simp
Entidades Públicas
NO
SI
SI
SI
SI
SI
SI
Grandes Contribuyentes DIAN
NO
NO
SI
SI
SI
SI
SI
Grandes Contribuyentes SHD
DIB
NO
NO
NO
SI
SI
SI
SI
Consorcios y Uniones Temporales
NO
NO
NO
SI
SI
SI
SI
Sociedades Fiduciarias
NO
NO
NO
SI
SI
SI
SI
Contribuyentes del Régimen
Común
NO
NO
NO
SI
SI
SI
SI
Transportadores
NO
NO
NO
SI
SI
SI
SI
Contribuyentes del Régimen
Simplificado
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO







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