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TENGO QUE DECLARAR RENTA POR EL AÑO 2015 QUÉ HAGO.¡¡¡

Los topes para estar obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2015, si usted es persona natural son: 

1.Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2015 superior a $127.256.000.

2.Que los ingresos brutos sean superiores a $39.591.000.
3.Que las consumos mediante tarjeta de crédito excedan de $79.181.000.
4.Que el valor total de compras y consumos supere  los $79.181.000.
5.Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos a inversiones financieras, exceda de$$127.256.000.

Si usted cumplió con cualquiera de los anteriores requisitos, tendrá que presentar la declaración de Renta por el período 2015. Atendiendo los dos últimos dígitos del NIT que esta en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. Las fechas de presentación van desde el 09 de agosto de 2016 comenzando por los dígitos 99 y 00, terminando el 19 de octubre de 2016 con los dígitos 99 y 00.Ver Calendario AQUÍ

Y lo primero que tendrá que hacer es tener presente  que documentos tener a la mano para determinar sus ingresos, su patrimonio y sus gastos por deducciones.

A continuación se indicará con que  documentos contar para determinar estos aspectos:

Uno de los documentos primordiales es  el certificado de inscripción en el nuevo Registro Único Tributario "RUT" debidamente actualizado con las responsabilidades y actividades.

DETERMINACIÓN DEL PATRIMONIO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015.

En esta parte se debe contar con los documentos se soporte la titularidad de los bienes e inversiones y los que respaldan las deudas, con valores certificados a 31 de diciembre de 2015.
a. Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.
b.  Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones ...
c. Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
d. Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
e.  Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
f.  Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.
g. Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.

PARA DETERMINAR LOS INGRESOS DEL AÑO 2015

En esta parte se debe tener algunos de los siguientes  documentos en los que consten los ingresos que recibió durante el año gravable 2015, no necesariamente son todos, únicamente los que apliquen a su actividad.


a.Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.
b.Certificado de Ingreso promedio de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.
c.Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad, maternidad, gastos de entierro del trabajador…
d.Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
e.Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
f.Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.
g.Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
h.Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su empleador.
i.Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.
j.Certificados por concepto de dividendos y participaciones recibidos en el año.

DETERMINACIÓN  DE LOS PAGOS  DEDUCIBLES DEL AÑO 2015

En los gastos deducibles se debe tener claro los documentos en los que consten los pagos efectuados en el año 2015 y que tengan relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad con la actividad generadora de renta.

a.Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
b.Certificados por pagos de salud.
c.Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
d.Relación de los pagos efectuados a sus empleados por concepto de sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
e.Certificados de los pagos realizados por aportes a las cajas de compensación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, empresas promotoras de salud, administradoras de riesgos laborales, fondos de pensiones y otros.
f.Pagos por impuestos de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Predial
g.Certificados de las donaciones e inversiones que haya efectuado durante el año.
h.En los casos que se requiera, la certificación para acreditar la deducción por dependientes económicos
i.Declaraciones de renta de  años anteriores si las tiene.

Los anteriores fueron algunos de los muchos documentos que podría contar para la determinación de las bases para liquidar la declaración, recuerde que debe conservar la totalidad de los soportes.






Por 
Especializado en Auditoría Tributaria
Certificado en Normas Internacionales de Auditoría NIAs.
Registro AD37325 por ACCA 
(Association of Chartered Certified Accountants) -Londres -Inglaterra
Socio de Auditoría 
CIP Auditores & Consultores Ltda.
Líder en Normas Internacionales de Aseguramiento de Información - NIA con Certificación ACCA 

1 comentarios:

Sería interesante que hablaras sobre inversiones en bienes raíces. Gracias por tus artículos.

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