La UGPP - Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales,
tiene como objetivo de monitorear, validar y contribuir a la correcta
liquidación y pago de los aportes en Seguridad Social, el Gobierno Nacional
creó la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP. Una entidad que
pertenece al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y que tiene tres
funciones principales:
a.-Cruzar la
información de las diferentes entidades de la Seguridad Social.
b.-Verificar
que las empresas del país estén realizando una completa y oportuna
liquidación y pago de las contribuciones a la seguridad social social de sus
empleados.
c. -Visitar
y solicitarle a las empresas soportes contables o de nómina para
cotejarlos con los aportes registrados por PILA.
Esta entidad,
que nació con la ley 1151, ya empezó a ejercer sus funciones, haciendo
visitas a las empresas e informando a las administradoras.
Si su empresa es
requerida por la UGPP, tenga en cuenta
las siguientes preguntas con sus respectivas respuestas, que le darán
luces respecto a temas comunes del diario vivir, estas son las siguientes:
1. Me llegó una comunicación que me dice que debo
afiliarme a salud y pensión. ¿Por qué si yo estoy afiliado como beneficiario?
La Unidad
identificó que usted fue declarante de renta en los años 2011, 2012 y 2013, por
consiguiente usted se considera con capacidad de pago y se debe afiliar en calidad
de cotizante activo del sistema de salud y del sistema de pensiones.
2.Yo actualmente soy trabajador dependiente/
independiente y ya me encuentro realizando mis aportes a salud y pensión. ¿Qué
debo hacer con este mensaje de la Unidad?
Usted resultó
identificado luego de un cruce de información entre la base de beneficiarios
del sistema de salud y la de declarantes de renta. Es posible en este caso, que
la EPS en la que en algún momento usted fue beneficiario no haya reportado la novedad
de su cambio de afiliación y por eso que usted aún hace parte de la base de beneficiarios.
a. ¿Qué debo
hacer en este caso?
Debe dirigirse a
su EPS y solicitar que se actualice su información en la base de datos que
trasmiten al Ministerio de Salud. De esta manera, cuando la Unidad revise nuevamente,
usted ya no se encontrara en la base de beneficiarios.
3.El mensaje me dice que debí cotizar a salud y
pensión en los años 2011, 2012 y 2013 por ser declarante de renta. ¿Con este
mensaje la Unidad me está requiriendo el pago de aportes por estos años?
Con este primer
mensaje la Unidad quiere informarle la obligación que tiene como declarante de
renta de hacer aportes a los sistemas de salud y de pensión y por eso lo está
invitando a que cambie su condición y realice sus pagos como cotizante activo a
partir de la fecha.
4. ¿Qué puede suceder si no atiendo la invitación de la
Unidad?
En este momento
usted hace parte de una etapa persuasiva y por tal razón no se encuentra en
curso ningún proceso de determinación o cobro para su caso.
Pero si luego de
agotada esta etapa en la que se le invita a realizar un cambio voluntario, La
Unidad no identifica un cambio, usted podrá hacer parte de un proceso de
determinación y de cobro en donde posiblemente se entrará a revisar años anteriores
y podrán generarse sanciones.
5. ¿En que se basa la Unidad para establecer que cuento
con ingresos para hacer aportes a salud y pensión?
Usted ha sido
seleccionado por ser beneficiario del sistema de salud y por su presunta capacidad
de pago que se soporta en su condición de declarante de renta, como lo establece
el artículo 33 de la ley 1438 de 2011.
Esta misma norma
manifiesta que los declarantes de renta deben encontrarse afiliados al régimen
contributivo y hacer los aportes correspondientes.
6. ¿Por qué debo hacer aportes a salud y pensión si los
ingresos que percibo no corresponden a la realización de alguna actividad
económica, sino al arrendamiento de un inmueble?
La Unidad ha
seleccionado su caso dada su condición beneficiario y de declarante de renta,
ya que como lo establece el artículo 33 de la ley 1438 de 2011 los declarantes
de renta deben encontrarse afiliados al régimen contributivo y deben hacer los
aportes correspondientes.
Tenga en cuenta
además, que su actividad corresponde a la de un rentista de capital, y para el
caso de los rentitas también aplica la obligación de hacer aportes al sistema
de salud y pensión. En ese caso, los aportes que realice se deberán realizar en
base al ingreso mensual que recibe por concepto del arrendamiento, restándole
los costos asociados. Sobre este valor deberá liquidar los aportes a salud y pensión
que le corresponden.
7. ¿Por qué debo cambiar mi condición a cotizante, si
aunque soy declarante de renta, solo poseo el inmueble en el que vivo y no
tengo ingresos de ningún tipo?
La Unidad
detecto que usted como declarante de renta cuenta con una presunta capacidad de
pago, por lo tanto la norma obliga a que las personas que tengan esta condición
realicen los aportes a salud y a pensión como cotizantes.
Si usted
realmente no cuenta con ningún tipo de ingreso, deberá aclararlo por medio de
una carta indicando que no tiene ingresos y justificando de donde provienen los
recursos para el sostenimiento de la persona y su inmueble.
8. Yo soy beneficiario de mi esposo en el sistema de
salud, ¿por qué tengo que realizar algún pago de salud y pensión?
La Unidad
detectó que usted como declarante de renta cuenta con capacidad de pago, por lo
tanto la norma obliga a que las personas que tengan esta condición realicen los
aportes a salud y a pensión como cotizantes.
Lo que espera la
Unidad con esta comunicación es que usted se afilie en calidad de cotizante
activo del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En cuanto a la
información que se debe brindar del pago retroactivo de los años 2011,2012 y
2013 se deben informar lo siguiente:
9. Si yo soy beneficiaria en un régimen de excepción y
recibo ingresos adicionales, ¿debo desafiliarme de mi EPS por atender a su
comunicación?
No debe
desafiliarse de su EPS, pero por sus ingresos adicionales si debe hacer aportes
al sistema de salud. En su caso los aportes, los hará directamente al FOSYGA
Para esto debe
comunicarse con un operador de información de PILA para que sobre esos ingresos
mensuales liquide el valor que debe aportar. Debe indicarle que debe usar una
planilla MIN002.
10.
¿Debo enviar algún tipo de certificación de mis
aportes?
No, una vez se
vean registrados en PILA los aportes que usted realice, La Unidad dará por
entendido que usted atendió satisfactoriamente la invitación realizada.
Ver Primeras 10 preguntas más ver aquí
Ver Primeras 10 preguntas más ver aquí
Texto www.ugpp.gov.co
0 comentarios:
Publicar un comentario