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NUEVO PLAZO PARA REPORTAR INFORMACIÓN EXÓGENA DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA

Entidades públicas o privadas con convenio de cooperación y asistencia técnica tendrán plazo de reportar enero de 2014 hasta el 31 de marzo Bogotá D.C., febrero 28 de 2014. A través de la Resolución 000068, del 27 de febrero de 2014, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, amplió el plazo para la presentación de la información tributaria (información exógena) de la entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismo internacionales.

Con la medida, estas entidades deberán reportar la información correspondiente a enero de 2014, a más tardar, el 31 de marzo de presente año. VER COMUNICADO 



DIAN
Resolución 000068
27-02-2014

Por la cual se amplía un plazo para presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la información tributaria de que trata el artículo 34 de la Resolución número 000228 del 31 de octubre de 2013.
El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales,

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 12 del artículo 6° del Decreto número 4048 de 2008 y el artículo 42 de la Resolución número 000228 del 31 de octubre de 2013, y

Considerando:

Que la Resolución número 000228 del 31 de octubre de 2013, establece el grupo de obligados a suministrar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2014, la información tributaria establecida, entre otros, en el artículo 58 de la Ley 863 de 2003 y en el Decreto número 4660 de 2007, señala el contenido, características técnicas para la presentación y fija los plazos para la entrega;

Que el Capítulo I del Título VII, articulo 34, de la Resolución número 000228 del 31 de octubre de 2013, establece que las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales, deberán enviar la información a que se refieren el artículo 58 de la Ley 863 de 2003, el Decreto número 4660 de 2007 y el Título III de dicha resolución, a más tardar el último día hábil del mes siguiente al período objeto del reporte;

Que con el fin de garantizar las medidas de seguridad y brindar un mejor servicio en la presentación, por envío de archivos, de la información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se considera prudente ampliar la fecha de presentación de la información;

Que el inciso 3° del artículo 42 de la Resolución número 000228 del 31 de octubre de 2013, faculta al Director General para habilitar términos con el fin de facilitar el cumplimiento del respectivo deber legal, cuando se presenten situaciones no atribuibles al informante que le impidan cumplir con su obligación formal de informar;

Que en virtud de lo anterior, se requiere ampliar el plazo de presentación de la información establecido en el artículo 34 de la Resolución número 000228 del 31 de octubre del 2013, a los informantes cuyo plazo vence el 28 de febrero de 2014,

Resuelve:

Artículo 1° Ampliación del plazo para la presentación de información tributaria. Ampliar el plazo para la presentación de información tributaria a que hace referencia el artículo 34 de la Resolución número 000228 del 31 de octubre de 2013, para las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales, correspondiente al mes de enero de 2014, hasta el 31 de marzo de 2014.

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a los 27-02-2014.
El Director General,
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Resolución tomada de actualicese.com

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