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Impuesto de declaración de renta - Preguntas más frecuentes sobre los formularios de Renta


Con la Reforma Tributaria se generaron nuevos formularios para la declaración de renta. Si no sabe en dónde encontrarlo, o no sabe cuál de todos los formularios le corresponde y cómo llenarlo, FP le explica.
A continuación encontrará las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre los formularios del impuesto de declaración de renta:

¿Cuáles son los formularios que se utilizan para presentar la declaración de renta persona natural?
Los formularios a utilizar son:
 
• 210: Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad, IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) incluido. Resolución 060 de 2014
• 110: Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para personas jurídicas y asimiladas, personas naturales y Asimiladas obligadas a llevar contabilidad. Resolución 060 de 2014.
• 230: IMAS Empleados: Impuesto Mínimo Alternativo Simple: Resolución 093 de 2014
• 240: IMAS Trabajadores Por Cuenta Propia: Impuesto Mínimo Alternativo Simple: Resolución 093 de 2014.

¿Dónde puedo consultar los formularios?
Se encuentran en www.dian.gov.co/ Servicio al Ciudadano/ Formularios/ formularios e Instructivos/ Año 2013 y seleccionar formulario 110, 210, 230 o 240donde encontrará el PDF del formulario en la primera hoja y el instructivo en la segunda hoja, para su consulta.

¿Dónde encuentro los formularios, para su diligenciamiento?
Para el diligenciamiento de su declaración de renta, la Dian ha dispuesto los formularios en la página web para diligenciar en forma electrónica usando los servicios en línea y de forma litográfica (impresa)
Para diligenciar el formulario de manera electrónica, usted tiene las siguientes alternativas:

1. A través de su mecanismo digital 
2. Habilitando cuenta: Para habilitar su cuenta puede ver el video dispuesto en la página web de la DIAN en el siguiente link:http://www.dian.gov.co/descargas/capacitacion/2012/videos/presentacion_inf_env_archivos/habilitar_cuenta_2012.swf

Tenga en cuenta que los servicios en línea ofrecen la opción de diligenciar gratuitamente los formularios permitiendo a los contribuyentes evitar errores al momento de registrar la información de las declaraciones y por tanto pérdidas de tiempo y costos de correcciones, ya que el sistema hace operaciones automáticamente, con la posibilidad de introducir datos y cifras en las casillas editables, contando con ayudas y controlando el ingreso de cifras u operaciones no validas, por ejemplo, cifras negativas, errores, totales, con la posibilidad de guardar temporalmente los borradores o formularios definitivos diligenciados.

3. Directamente, sin claves
En este caso, mitiga los errores de introducir valores numéricos en casillas alfabéticas y viceversa. Y además verifica operaciones aritméticas básicas.

4. Los formularios litográficos están dispuestos en forma gratuita en los puntos de contacto DIAN.Para obtener el formulario litográfico deberá acudir al Punto de Contacto, sitio en el que se verificará que efectivamente tenga el RUT la responsabilidad de declarar renta.

Si aún no sabe que formulario le corresponde...

¿En qué casos se utiliza el formulario 210?
Será aplicable para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y para las personas naturales clasificadas en la categoría de empleados, (independientemente de si están o no obligadas a llevar libros de contabilidad) que deban calcular su impuesto de renta por el sistema ordinario y por el sistema IMAN.

¿En qué casos se utiliza el formulario 230?

Será aplicable para las personas naturales que se encuentren clasificados en la categoría de Empleados, cuya RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA en el respectivo año gravable sea inferior a cuatro mil setecientas (4.700) UVT ($126.153.000) podrán determinar el impuesto por el sistema del Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS), De acuerdo al Artículo 330 del Estatuto tributario.

¿En qué casos se utiliza el formulario 240?

Será aplicable para las personas naturales que se encuentren clasificados en la categoría de trabajadores por Cuenta propia, cuya renta gravable alternativa en el respectivo año gravable sea inferior a veintisiete mil (27.000) UVT ($724.707.000 año 2013) y que su patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior sea inferior a 12.000 UVT ($312.588.000 año 2012) y que opten por aplicar el sistema del Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS), de conformidad con lo establecido en los artículos 336 a 341 del Estatuto Tributario.

¿En qué casos se utiliza el formulario 110?

Será aplicable para las personas naturales obligadas a llevar libros de contabilidad, siempre y cuando no estén clasificadas dentro de la categoría de empleados.

La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias específicas de ningún individuo o entidad en particular. No tiene motivos económicos y no se puede entender como una asesoría al tema expuesto por el autor.

Tomado de finanzaspersonales.com.co
de su publicacion 
Cómo obtener y llenar los formularios del impuesto de renta

DECLARACIÓN DE RENTA DE PERSONAS NATURALES
DECLARACIÓN DE RENTA DE PERSONAS NATURALES
DECLARACIÓN DE RENTA DE PERSONAS NATURALES
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