Decreto reglamentario 1070 de 2013 acoge una aclaración sobre las rentas exentas y deducciones que beneficia a trabajadores independientes en categoría de “empleados” .
Este decreto indica que la depuración de la base de retención en la fuente será la misma para todas las personas en la categoría de “empleados” sin importar el tipo tipo de contrato, se ha laboral o civil.
Se debe tener en cuenta que la ley 1607 del 2102, modificó la base para el cálculo de la renta exenta del 25%, ahora se calcula sobre el ingreso gravable, una vez restadas todas las deducciones (Aportes obligatorios) a salud, gastos en salud, dependientes, intereses y corrección monetaria en créditos para adquisición de vivienda) y las demás rentas exentas (aportes obligatorios y voluntarios a pensiones y ahorro en cuentas AFC).
Las contribuciones al Sistema General de Seguridad Social, estará condicionada a su pago en debida forma(deben ser sobre el 40% del contrato civil, -Pagados efectivamente y del mes correspondiente, para quesea deducible por el pagador, esto con el cumplimiento del art 26 de la ley 1393 2010.), para lo cual se adjuntará a la respectiva factura o documento equivalente copia de la planilla o documento de pago.
http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Decretos/2013/Documents/MAYO/28/DECRETO%201070%20DEL%2028%20DE%20MAYO%20DE%202013.pdf
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Las contribuciones al Sistema General de Seguridad Social, estará condicionada a su pago en debida forma(deben ser sobre el 40% del contrato civil, -Pagados efectivamente y del mes correspondiente, para quesea deducible por el pagador, esto con el cumplimiento del art 26 de la ley 1393 2010.), para lo cual se adjuntará a la respectiva factura o documento equivalente copia de la planilla o documento de pago.
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