El Gobierno Nacional amplió por un año
el plazo para que todas las empresas del país implementen el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST. (2 de febrero de 2016) .
El pasado 31 de enero vencía el plazo
para que las empresas con menos de diez empleadores asumieran dicho Sistema;
mediante Decreto 171 del 1 de febrero de 2016, el mismo se amplió hasta el 31 de enero
de 2017.
El
Decreto 171 del 1° de febrero de 2016, firmado por el Presidente de la
República Juan Manuel Santos y el ministro del Trabajo, Lucho Garzón, busca
facilitar a las empresas públicas y privadas, la sustitución del programa de
Salud Ocupacional por el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
La
fecha límite de su implementación era este 31 de enero para las empresas de
menos de 10 trabajadores. En julio del presente año para las de 10 trabajadores
hasta 200 y en enero de 2017 para las de más de 201 trabajadores. El Gobierno
también decidió unificar el plazo para todas las empresas del país, sin tener
en cuenta su tamaño. Esto significa, que el 31 de enero de 2017 será el plazo
máximo para culminar la totalidad del proceso para cualquier empresa, aseguró
el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas.
El
nuevo Sistema creado mediante Decreto 1443 de 2014, hoy Decreto único 1072 de
2015, antes conocido como Programa de Salud Ocupacional (Resolución 1016 de
1989), busca identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y
establecer los respectivos controles, mediante la mejora continua del Sistema
en las empresas y cumplir con la normatividad en materia de riesgos laborales.
¿Pero qué implica acogerse al nuevo
sistema?
Consiste
en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora
continua, con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los
riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Su
principal razón "es prevenir las lesiones y
enfermedades causadas por las condiciones de trabajo a los cuales están
expuestos los empleados, reduciendo al mínimo los accidentes y enfermedades
laborales que se puedan presentar", explicó el viceministro Borda.
La
implementación del SG-SST debe ser liderada por el empleador con la
participación de los trabajadores para lograr la aplicación de las medidas de
prevención y control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar que laboran.
Pasos
que se deben seguir para la implementación del nuevo Sistema SG-SST
Paso 1.
Evaluación inicial del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Paso 2.
Identificación de peligros, evaluación, valoración y gestión de los riesgos
Paso 3.
Política y Objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo
Paso 4.
Plan de Trabajo Anual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo y asignación de recursos
Paso 5.
Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción en SST
Paso 6.
Prevención, preparación y respuesta ante emergencias
Paso 7.
Reporte e investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades
laborales
Paso 8.
Criterios para adquisición de bienes o contratación de servicios con las
disposiciones del SG-SST
Paso 9.
Medición y evaluación de la gestión en SST
Paso
10. Acciones preventivas o correctivas
Sanciones
por incumplimiento de la medida:
"Las
empresas que no cumplan con la implementación del Sistema al 31 de enero de
2017 serán sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales
legales vigentes. En caso de reincidencia de tales conductas o por
incumplimiento de los correctivos que deban adoptarse, se podrá suspender
actividades hasta por un término de 120 días o el cierre definitivo de la
empresa", aclaró la directora de Riesgos Laborales del Ministerio
del Trabajo, Andrea Torres Matiz.
Tomado de www.mintrabajo.gov.co
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